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Informes del Observatorio Comarcal

Imagen que representa un botónLos traspasos de gastos de personal a las comarcas.

Para la determinación de los gastos de personal necesarios para el ejercicio por las comarcas de las competencias transferidas se contempló una doble perspectiva: la valoración del coste de personal asociado a servicios que se prestaban desde las mancomunidades o los ayuntamientos, y que se financiaban conjuntamente por las entidades locales y por la Comunidad Autónoma, y la que corresponde al resto de funciones cuyos servicios se prestaban por personal de la Comunidad Autónoma cuya asignación no se correspondía con la nueva organización territorial.

En las medidas relativas a la financiación de las transferencias de competencias de la Comunidad Autónoma a favor de las comarcas, que establece la Ley 23/2001 de Medidas de Comarcalización, se incluyen dos partidas básicas: el coste de las funciones y servicios y el Fondo para gastos de personal. Ambas partidas se complementan para ajustar la financiación de las transferencias y que las comarcas reciban las cuantías económicas suficientes para la prestación de los servicios, incluidos los gastos de personal.

La dotación del Fondo para gastos de personal está regulada en el Anexo 2 de la Ley de medidas de comarcalización cuyo contenido es el siguiente:

DOTACIÓN A SECUENCIAR CORRESPONDIENTE A LOS COSTES DE PERSONAL ASOCIADOS AL EJERCICIO DE LAS COMPETENCIAS

Dotacion a secuenciar
- Fondo de gastos para personal -
El Fondo para gastos de personal se nutre con las dotaciones de personal amortizadas en los Departamentos y Organismos Autónomos del Gobierno de Aragón, como consecuencia de las competencias transferidas y se actualiza con referencia a los porcentajes de aumento salarial que figuren en la Ley de Presupuestos Generales de la Comunidad Autónoma.

Con esta configuración del Fondo para gastos de personal no se produce una transferencia de personal de la Comunidad Autónoma a las comarcas sino que se traspasan las cuantías económicas que proceden de la amortización de puestos de trabajo en la Comunidad Autónoma (vacantes no cubiertas, vacantes por jubilación, etc.).

La dotación del Fondo que recoge el anexo 2 de la Ley de Medidas de Comarcalización, que se ha transcrito en el cuadro anterior, corresponde a la totalidad de las competencias. Actualmente, las competencias transferidas son las correspondientes a un primer bloque que comprende las relativas a las materias de cultura, deporte, acción social, turismo, protección civil, juventud, patrimonio cultural y servicio de recogida de residuos. Para cubrir las necesidades en materia de personal para el ejercicio de estas competencias y los servicios generales de la administración comarcal se está transfiriendo el 50% de la dotación del Fondo para gastos de personal.

Como orientación de la magnitud de este traspaso puede estimarse que las comarcas con menos de 25.000 habitantes podrían necesitar una plaza de secretario, una de técnico de gestión, dos de auxiliares administrativos y dos de personal de servicios. Es decir, aproximadamente 220 a 230 puestos de trabajo en las comarcas una vez amortizadas estas plazas en la Comunidad Autónoma. Sin embargo, debido a que cada comarca tiene autonomía absoluta para la gestión de sus competencias, el comportamiento global de las comarcas ha sido crecer significativamente en áreas específicas como acción social, aportando las cuantías adicionales necesarias para la financiación del incremento y mejora de los servicios.

Las plantillas de personal en las comarcas están formadas por la incorporación del personal procedente de mancomunidades y ayuntamientos que estaban prestando los servicios con anterioridad a las transferencias de competencias y por personal de nueva contratación para ampliar la prestación de los servicios y cubrir los nuevos traspasados.

Como se puede apreciar en la siguiente tabla, inicialmente el porcentaje de plazas procedentes de mancomunidades y ayuntamientos es superior al de las plazas propias creadas por cada comarca, conforme las comarcas empiezan a ejercer sus competencias incrementando la oferta de servicios, los porcentajes se van nivelando ligeramente, de forma que en el año 2005 ya es más elevado el número de plazas de nueva creación que el de las procedentes de otras administraciones

Personal contratado
- Evolución de personal en las comarcas -

En la siguiente tabla se detalla la evolución de los puestos de trabajo, por área de actividad, desde el ejercicio 2002 en el que se produjeron los primeros traspasos de funciones y servicios a las comarcas.

En los ejercicios 2002 y 2003, cuando todavía no estaban creadas todas las comarcas, el número de plazas es sensiblemente inferior. Es en el ejercicio 2004 cuando, tras la puesta en marcha de las 32 comarcas, la cifra de trabajadores aumenta considerablemente para poder ejecutar las funciones y servicios traspasados, se entiende que es este ejercicio el que debe servir de base para evaluar los crecimientos asociados al incremento y mejora de los servicios.

Comparando las cifras totales de los años 2004 y 2005 se puede observar cómo, una vez consolidada la puesta en marcha de las comarcas, el crecimiento de las plantillas se ralentiza y los aumentos mas significativos son en algunas materias como acción social, turismo, juventud o deporte, incremento que representa la ampliación de los servicios.

Destacan las elevadas cifras del personal dedicado a ”acción social”, sector en el que ya venían prestando servicios muchos de los trabajadores procedentes de mancomunidades o ayuntamientos. En concreto el crecimiento más elevado corresponde a las contrataciones de personal para prestar la tan necesaria ayuda a domicilio a las personas mayores. También son significativos las cifras referidas a monitores deportivos y las asociadas al servicio de recogida de residuos urbanos.

Como puede observarse la evolución y crecimiento de personal va asociado al incremento de los servicios básicos y de cercanía a los ciudadanos.


Evolución puestos trabajo
- Puestos de trabajo por actividad -



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